A- de 2018
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Luis Jaime Pulido Sierra Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitud debe ser presentada por quien tenga legitimidad para hacerlo o haya sido parte en el proceso
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso y se pretende reabrir debate jurídico
- Improcedencia por falta de carga argumentativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU.585/17.
Los peticionarios alegaron la violación del derecho al debido proceso, con base en las siguientes causales: i) indebida integración del contradictorio al no darse trámite a la solicitud de coadyuvancia de terceros con interés; (ii) incumplimiento del requisito de legitimación en la causa por activa para presentar tutelas en contra de sentencias judiciales; (iii) no garantizar la imparcialidad del juez; (iv) violación de las reglas procesales aplicables al análisis del caso, (v) incongruencias entre la parte motiva y la resolutiva del fallo; (vi) fallo de carácter político y no jurídico; (vii) acogimiento a lo establecido en los salvamentos de voto.
Una solicitud de nulidad fue RECHAZADA por cuanto los peticionarios carecían de legitimación en la causa por activa para formularla.
Respecto a la otra petición se decidió rechazar unos cargos y negar los otros.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por los señores Luis Jaime Pulido Sierra y German Arias Ospina, contra la sentencia SU-585 de 2017, proferida el veintiuno (21) de septiembre de dos mil diecisiete (2017) por la Sala Plena de la Corte Constitucional, por carecer de legitimación en la causa por activa.
- Segundo. RECHAZAR los cargos de "acogimiento a lo establecido en los salvamentos de voto de los magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez y Carlos Bernal Pulido", "violación de reglas procesales aplicables al análisis del caso", y por "incongruencia entre la parte motiva y la resolutiva", formulados por el señor Silvio Nel Huertas Ramírez contra la sentencia SU-585 de 2017, proferida veintiuno (21) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
- Tercero. NEGAR los cargos de "violación al debido proceso por omisión de estudio de un asunto de relevancia constitucional" y "violación de la garantía de imparcialidad", formulados por el señor Silvio Nel Huertas Ramírez contra la sentencia SU-585 de 2017, proferida veintiuno (21) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.